5.1.- ESTÁNDARES A CONSIDERAR EN LA ADQUISICIÓN DE
RECURSOS INFORMÁTICOS (HARDWARE, SOFTWARE).
ARTICULO 8°.-
Toda adquisición de tecnología informática se efectúa a través del Comité, que
está conformado por el personal de la Administración de Informática y Gerente
Administrativo de la unidad solicitante de bienes o servicios informáticos.
ARTICULO 9°.-
La adquisición de Bienes de Informática en la Empresa NN, quedará sujeta a los
lineamientos establecidos en este documento.
ARTICULO
10°.- La Administración de Informática, al planear las operaciones relativas a
la adquisición de Bienes informáticos, establecerá prioridades y en su
selección deberá tomar en cuenta: estudio técnico, precio, calidad,
experiencia, desarrollo tecnológico, estándares y capacidad, entendiéndose por:
- Precio.- Costo inicial, costo de mantenimiento y consumibles por el período estimado de uso de los equipos.
- Calidad.- Parámetro cualitativo que especifica las características técnicas de los recursos informáticos.
- Experiencia.- Presencia en el mercado nacional e internacional, estructura de servicio, la confiabilidad de los bienes y certificados de calidad con los que se cuente.
- Desarrollo Tecnológico.- Se deberá analizar su grado de obsolescencia, su nivel tecnológico con respecto a la oferta existente y su permanencia en el mercado.
- Estándares.- Toda adquisición se basa en los estándares, es decir la arquitectura de grupo empresarial establecida por el Comité. Esta arquitectura tiene una permanencia mínima de dos a cinco años.
- Capacidades.- Se deberá analizar si satisface la demanda actual con un margen de holgura y capacidad de crecimiento para soportar la carga de trabajo del área.
ARTICULO
11°.- Para la adquisición de Hardware se observará lo siguiente:
- El equipo que se desee adquirir deberá estar dentro de las listas de ventas vigentes de los fabricantes y/o distribuidores del mismo y dentro de los estándares de la Empresa NN.
- Deberán tener un año de garantía como mínimo.
- Deberán ser equipos integrados de fábrica o ensamblados con componentes previamente evaluados por el Comité.
- La marca de los equipos o componentes deberá contar con presencia y permanencia demostrada en el mercado nacional e internacional, así como con asistencia técnica y refaccionaria local.
- Tratándose de equipos microcomputadoras, a fin de mantener actualizado la arquitectura informático de la Empresa NN, el Comité emitirá periódicamente las especificaciones técnicas mínimas para su adquisición.
- Los dispositivos de almacenamiento, así como las interfaces de entrada/salida, deberán estar acordes con la tecnología de punta vigente, tanto en velocidad de transferencia de datos, como en el ciclo del proceso.
- Las impresoras deberán apegarse a los estándares de Hardware y Software vigentes en el mercado y la Empresa NN, corroborando que los suministros (cintas, papel, etc.) se consigan fácilmente en el mercado y no estén sujetas a un solo proveedor.
- Conjuntamente con los equipos, se deberá adquirir el equipo complementario adecuado para su correcto funcionamiento de acuerdo con las especificaciones de los fabricantes, y que esta adquisición se manifieste en el costo de la partida inicial.
- Los equipos complementarios deberán tener una garantía mínima de un año y deberán contar con el servicio técnico correspondiente en el país.
- Los equipos adquiridos deben contar, de preferencia con asistencia técnica durante la instalación de los mismos.
- En lo que se refiere a los computadores denominados servidores, equipo de comunicaciones como enrutadores y concentradores de medios, y otros que se justifiquen por ser de operación crítica y/o de alto costo; al vencer su período de garantía, deben de contar con un programa de mantenimiento preventivo y correctivo que incluya el suministro de refacciones.
- En lo que se refiere a los computadores denominados personales, al vencer su garantía por adquisición, deben de contar por lo menos con un programa de servicio de mantenimiento correctivo que incluya el suministro de refacciones.
- Todo proyecto de adquisición de bienes de informática, debe sujetarse al análisis, aprobación y autorización del Comité.
ARTICULO 12°.- En la adquisición de Equipo de cómputo se deberá incluir el Software vigente precargado con su licencia correspondiente considerando las disposiciones del artículo siguiente.
ARTICULO
13°.- Para la adquisición de Software base y utilitarios, el Comité dará a
conocer periódicamente las tendencias con tecnología de punta vigente, siendo
la lista de productos autorizados la siguiente:
a.-
Plataformas de Sistemas Operativos
b.- Bases de
Datos
c.-
Manejadores de bases de datos:
d.- Lenguajes
de programación
e.- Hojas de
cálculo
f.- Programas
antivirus
FUENTE DE REFERENCIA
- prezi.com/kk6sr2fuckg9/5estandarizacion-en-la-funcion-informatica/
- https://prezi.com/ogk5jz_ss5-d/51-estandares-a-considerar-en-la-adquisicion-de-recursos-in/
- www.google.com.mx/urlsa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=4&cad=rja&uact=8&sqi=2&ved=0ahUKEwjv5I_ox_7NAhVL2IMKHWk0DBAQFggvMAM&url=https%3A%2F%2Fafitec.files.wordpress.com%2F2011%2F11%2Fafiunidad5.docx&usg=AFQjCNElz3cG5YMMMrpXkNH2aMOWGajH9Q&bvm=bv.127521224,d.amc
- tacomoquiere.blogspot.mx/2012/06/unidad-5.html
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